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03.05.2010

Arquitectos e Ingenieros se movilizan contra la desaparición de los visados.

Por parte del colectivo de arquitectos e ingenieros se han publicado manifiestos en todas las comunidades autónomas en los que denuncian que la reducción de 92 a 10 visados obligatorios ni favorecerá a la libre competencia ni contribuirá a dinamizar la económía para favorecer la salida de la crisis.
Al efecto el colectivo ha convocado una manifestación para el próximo día 7 de Mayo en Madrid.
Estos son los diez visados que siguen siendo obligatorios:

  1. Proyecto de ejecución de edificación, según lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación.
  2. Certificado de final de obra de edificación, según lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de ordenación de la edificación.
  3. Proyecto de ejecución de edificación y certificado de final de obra que sean aportados en los procedimientos administrativos de legalización de obras.
  4. Proyecto de demolición de edificaciones que no requiera el uso de explosivos, de acuerdo con la normativa urbanística aplicable.
  5. Proyecto de voladuras especiales previsto en el 151 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
  6. Proyectos técnicos de establecimiento, traslado y modificación sustancial de una fábrica de explosivos.
  7. Proyecto técnico de instalación y modificación sustancial de depósitos comerciales y de consumo de materiales explosivos.
  8. Proyecto de establecimiento de talleres de cartuchería y pirotécnica y de depósitos no intergrados en ellos.
  9. Proyectos de aprovechamientos de recursos mineros, previstos en los artículos 85 y 89 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
  10. Proyecto de infraestructuras comunes de telecomunicaciones de edificios, en acceso de servicios de telecomunicación en el interior de edificios.

Para el régimen de estos visados obligatorios, cuando concurra que el trabajo afecta a profesiones distintas, y en el caso de profesiones con colegios territoriales, se podrá visar en uno cualquiera de ellos, desapareciendo la exclusividad territorial. Ello, sin perjuicio de los elementos que puedan incluir las comunidades autónomas, dentro de sus competencias y atendiendo a las prohibiciones establecidas en la Ley de Colegios Profesionales.

El Ministerio de Economía y Hacienda ha publicado un informe sobre la transposición de la Directiva de Servicios, en el que se detallan las 116 autorizaciones estatales y las 633 autonómicas que se van a eliminar, así como 594 requisitos aún vigentes que dejarán de exgirse para acceder al ejercicio de los servicios, sobre todo en turismo, comercio e industria.
Asimismo, se eliminan restricciones y trabas a la actividad profesional. En el campo de las incompatibilidades, sólo estarán sujetos los profesionales a las que se establezcan por ley y no por normas colegiales.
Se eliminan, también, las restricciones de publicidad, se garantiza el ejercicio de las profesiones en forma societaria y se suprime la obligación de comunicar el ejercicio fuera del territorio del colegio de inscripción.

Carta Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos.

Manifestación contra la Ley Omnibus.

Campaña de difusión: www.porunasociedadmassegura.com

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

 

 

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